16 de julio de 2020 CASA GENERAL

Convención de Derechos del Niño: “derecho a tener una familia”

La Convención de Derechos del Niño habla, como uno de los principales derechos de los niños, niñas y adolescentes, del derecho a la vida y a tener una familia. Hoy, nos vamos a centrar, como maristas que somos, en este apartado esencial para nuestra manera de ser y vivir, el derecho a tener una familia.

Sí, ya lo sabemos, los niños son sujetos de derecho, y se considera que necesitan de dichos derechos para poderse desarrollar de manera íntegra, y por ello los consideramos como tales.

Los niños, para crecer sanos y desarrollar plenamente sus potencialidades, necesitan del cuidado de adultos que los quieran, los comprendan, los guíen y les ofrezcan seguridad durante las distintas etapas de su crecimiento.

La mayoría de los niños cuentan con unos padres que cumplen con esta función y con un núcleo familiar ampliado que les ofrece las oportunidades necesarias para un desarrollo equilibrado. Pero, tristemente, no todos los niños tienen un grupo humano a su lado. Niños huérfanos, menores migrantes separados de sus padres, padres y familias “tóxicas” que impiden que los niños puedan vivir con ellos, niños abandonados, niños de la calle… son una realidad también en este siglo XXI.

Por ello, los Estados, tienen el deber de comprometerse con el cumplimiento de este derecho y llegar a la vida de estos niños desprovistos de una familia biológica que los ame y proteja. La Convención de los Derechos del Niño es el tratado Internacional más ampliamente ratificado por los Estados. Aun así, es una realidad que debe ser mejorada, un derecho por el que debemos seguir luchando, como Maristas de Champagnat, en nuestro mundo globalizado.

Presencias maristas con niños en situación de vulnerabilidad y carentes de familia (centros de menores, niños migrantes no acompañados, niños de la calle…) forman parte de nuestro modo de responder desde el carisma marista. Suponen un modo diario de “ser el rostro y las manos de tu tierna misericordia” para ellos.

Asimismo, el mensaje del XXII Capítulo General nos recuerda nuestro compromiso de “caminar con los niños y jóvenes marginados de la vida”, y estos niños que no cuentan con una familia en la que crecer, de manera sana, son un claro ejemplo. Estamos llamados a escuchar su “llanto”, huyendo de “acercamientos paternalistas”.

Este derecho a tener una familia no sólo significa una relación de sangre, sino que va más allá. Encontramos ejemplos maravillosos de padres y madres no biológicos que han dado un hogar de luz para cientos de niños, mediante acogimiento temporal, permanente o adopción; y centros de atención a niños y niñas, cualquiera sea su situación, que tratan de ofrecerles cariño, seguridad y confianza.

Sí, amigos y amigas, los niños y las niñas tienen DERECHO a tener una familia. En nuestra mano está el seguir trabajando para que esto sea así.


H. Ángel Diego – Director del Secretariado de Solidaridad

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